ARQUIDIOCESIS METROPOLITANA DE MEDELLIN
DECRETO DE ERECCIÓN CANÓNICA
MONS. LUIS ROMÁN GALVÁN
POR GRACIA DE DIOS Y VOLUNTAD DE LA SANTA SEDE APOSTOLICA
ARZOBISPO METROPOLITANO DE MEDELLÍN
Exp. No. 06/2026
A quienes den lectura y comprension a estas letras nuestras:
¡Paz Y Bien en Cristo, Esperanza del nuevo día!
Movido por el bien espiritual del Pueblo de Dios y deseando favorecer la vida litúrgica, sacramental y pastoral de los fieles confiados a nuestro cuidado, y considerando la legítima devoción del pueblo cristiano a la Bienaventurada Virgen María bajo la advocación de Nuestra Señora de la Candelaria, juzgo oportuno proceder a la erección canónica de un nuevo lugar sagrado destinado al culto divino.
CONSIDERANDO que corresponde al Arzobispo Metropolitano, conforme al derecho canónico, erigir lugares sagrados para el culto público, cuando así lo aconsejen las necesidades pastorales y el bien de los fieles;
CONSIDERANDO la utilidad pastoral de contar con un espacio estable destinado a la celebración de los sagrados misterios, la oración comunitaria y el fortalecimiento de la vida cristiana;
CONSIDERANDO la existencia de una comunidad de fieles que, animada por la fe y la devoción mariana, solicita y acoge con gozo la erección de este lugar de culto;
- DECRETO -
Art. 1.- Erijo canónicamente, en virtud de la autoridad que me confiere el derecho, la Basílica Menor de Nuestra Señora de la Candelaria, la cual queda destinada de manera estable al culto público divino, conforme a las disposiciones del Derecho Canónico y a las normas litúrgicas vigentes.
Art. 2.- La Basilica Menor de Nuestra Señora de la Candelaria queda circunscrita a la seccion parroquial que comprende a la Catedral Metropolitana.
Art. 3.- En dicha Basilica podrán celebrarse válidamente los sagrados misterios, especialmente la Santa Eucaristía y los demás actos de culto, conforme a lo establecido por la Iglesia y con la debida licencia de la autoridad competente.
Art. 4.- El presente Decreto deberá ser notificado a quienes corresponda, inscrito en los archivos de la Curia Arzobispal y promulgado conforme a la práctica vigente de la Arquidiócesis de Medellín, entrando en vigor a partir de la fecha de su promulgación, pudiendo ser modificado o revocado por la misma autoridad que lo emite.
Exhorto a los fieles que participen de la vida espiritual de esta Basílica a vivir su fe con espíritu de comunión eclesial, amor a la liturgia y sincera devoción a la Santísima Virgen María, para que este lugar sea verdadero espacio de encuentro con Dios y de edificación del Pueblo cristiano.
Encomiendo la Capilla de Nuestra Señora de la Candelaria a la protección maternal de la Bienaventurada Virgen María, para que, bajo su amparo, crezca la fe, la esperanza y la caridad en quienes acudan a ella.
Dado en el Palacio Arzobispal. en la Ciudad de Medellín, Colombia, el día 21 del mes de enero, del Año del Señor, 2026, en la memoria de Santa Ines, bajo nuestro sello y firma:

