ARQUIDIOCESIS METROPOLITANA DE MEDELLÍN
DECRETO DE INCARDINACION
MONS. LUIS ROMÁN GALVÁN
POR GRACIA DE DIOS Y VOLUNTAD DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA
ARZOBISPO METROPOLITANO DE MEDELLÍN
Exp. No. 03/2026
A quienes den lectura y comprension a estas letras nuestras:
¡Paz Y Bien en Cristo, Salvación Encarnada!
Tras recibir la solicitud los señores: Sebastián Duque, Román Amesty, Kevin Barrios y Sebastián González hecha de manera libre y legítima, sobre su incardinación en la Arquidiócesis Metropolitana de Medellín;
CONSIDERANDO que el Presbítero Sebastián Duque y los Diáconos Kevin Barrios, Román Amesty y Sebastián González han manifestado su plena disposición para el servicio pastoral en esta Iglesia particular;
CONSIDERANDO que consta legítimamente su excardinación de las respectivas Iglesias o Institutos a los que pertenecían, o bien que se han cumplido los requisitos canónicos necesarios para su válida incardinación;
CONSIDERANDO que, conforme a los cánones 265–272 del Código de Derecho Canónico, todo clérigo debe estar válidamente incardinado en una Iglesia particular o en un Instituto reconocido por la autoridad competente;
En uso pleno de nuestras facultades, y en virtud de nuestra potestad ordinaria sobre está iglesia particular:
- DECRETO -
Art. 1.- Se concede la incardinación en la Arquidiócesis Metropolitana de Medellín del Presbítero Sebastián Duque, con todos los derechos y obligaciones que el derecho universal y particular establecen para los presbíteros incardinados en esta Iglesia particular.
Art 2.- Se concede la incardinación en la Arquidiócesis Metropolitana de Medellín de los Diáconos Kevin Barrios, Román Amesty y Sebastián González, quienes quedan sujetos a la autoridad del Arzobispo Metropolitano y a las disposiciones del derecho canónico vigente.
Art. 3.- Desde la entrada en vigor del presente decreto, los clérigos mencionados quedan plenamente incorporados al presbiterio y al clero de la Arquidiócesis Metropolitana de Medellín, cesando toda relación de dependencia canónica con las Iglesias particulares o entidades de procedencia.
Art. 4.- Notifíquese el presente decreto a los interesados, inscríbase en los archivos de la Curia Arzobispal y comuníquese, cuando sea necesario, a las autoridades eclesiásticas correspondientes.
Que Nuestra Señora de la Candelaria ilumine sus misiones, para que bajo el ejemplo de obediencia y de servicio enseñado por Jesucristo, llevemos a la plenitud a nuestra arquidiócesis.
Dado en el Palacio Arzobispal. en la Ciudad de Medellín, Colombia, el día 08 del mes de enero, del Año del Señor, 2026, bajo nuestro sello y firma:

