Decreto De Modificación | No. 19/2026

  ARQUIDIOCESIS METROPOLITANA DE MEDELLÍN 
DECRETO DE MODIFICACIÓN
LUIS ROMÁN CARD. GALVÁN
POR GRACIA DE DIOS Y VOLUNTAD DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA
ARZOBISPO METROPOLITANO DE MEDELLÍN 

Exp. No. 19/2026

A quienes den lectura y comprensión a estas letras nuestras:
¡Paz Y Bien en Cristo, Sumo Sacerdote!

CONSIDERANDO que corresponde al Arzobispo Metropolitano, en virtud de la potestad ordinaria, propia e inmediata que le confiere el derecho, velar por la recta disciplina eclesiástica, el bien espiritual del Clero y el adecuado orden pastoral de la Arquidiócesis;

CONSIDERANDO que las recientes experiencias han puesto de manifiesto la conveniencia de fortalecer la vida espiritual, la fraternidad, así como de precisar algunos procedimientos administrativos y disciplinarios contenidos en el Directorio Arquidiocesano;

CONSIDERANDO que resulta oportuno actualizar el Directorio Arquidiocesano mediante la modificación y adición de diversas disposiciones, a fin de favorecer una mayor comunión entre los ministros ordenados y una aplicación más clara de la normativa particular de esta Iglesia Metropolitana;

En pleno uso de nuestras facultades, y en vista de la potestad ordinaria que a Nos compete

 - DECRETAMOS - 

Art 1.- Se modifica el artículo 38 del Directorio Arquidiocesano, incluido en el capítulo V "De Los Sacerdotes", el cual queda redactado de la siguiente manera:
38.- Los presbíteros han de cultivar una vida espiritual sólida, alimentada por la oración, la celebración pública de la Eucaristía al menos 3 veces a la semana y el rezo de la Liturgia de las Horas al menos 2 veces a la semana.

Art. 2.- Al mismo artículo (N° 38), se adiciona el párrafo N°1, el cual dicta:
§ Los presbíteros han de participar, para fomentar el espíritu de fraternidad sacerdotal, en al menos dos (2) celebraciones litúrgicas, momentos de oración o actividades presididas por otros miembros del Clero cada semana. 
Art 3.- Se modifica el artículo 49 del Directorio Arquidiocesano, incluido en el capítulo VI "De Los Diáconos", el cual queda redactado de la siguiente manera:
49.- Corresponde a los diáconos proclamar el Evangelio, asistir en la celebración de los misterios sagrados y colaborar en la acción pastoral, según las facultades que les confiere el derecho. Por tanto, han de celebrar la Palabra al menos 2 veces a la semana y presidir las horas canónicas en al menos una (1) ocasión por semana
Art. 4.- Al mismo artículo (N° 49), se adiciona el párrafo N°1, el cual dicta:
§. Los diáconos han de participar, para fomentar el espíritu de fraternidad diaconal, en al menos dos (2) celebraciones litúrgicas, momentos de oración o actividades presididas por otros miembros del Clero cada semana.
Art 5.- Se adiciona el artículo 117 bis al Directorio Arquidiocesano, que se incluirá en el capítulo XIV "De Las Medidas Disciplinarias", el cual queda redactado de la siguiente manera:
117 bis.- Todo clérigo, sin excepción alguna, tiene derecho a presentar ante la Vicaría Judicial mediante escrito formal, las justificaciones o alegaciones respecto de los hechos o motivos por los cuales sea sometido a juicio o procedimiento. Corresponde a la Vicaría Judicial con el Arzobispo, valorar dichas justificaciones y determinar la medida que, conforme al derecho y a las circunstancias del caso, deba adoptarse.
Art. 6.- Las modificaciones y adiciones contenidas en el presente Decreto pasarán a formar parte del Directorio Arquidiocesano, complementando las disposiciones anteriormente vigentes, según corresponda con lo mencionado.

Art. 7.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su promulgación. Desde ese momento, todos los clérigos incardinados en esta Arquidiócesis y aquellos que ejerzan legítimamente su ministerio en ella quedarán obligados a la fiel observancia de las presentes disposiciones.

Art. 8.- Remárquese al Vicario Judicial y al Vicario General sus misiones de velar por el seguimiento del Directorio Arquidiocesano y de todo mandato promulgado por el Arzobispo, guardando siempre la prudencia en el servicio y la fidelidad a las promesas realizadas ante Dios y la Iglesia en la toma de posesión de sus cargos.

Dado en el Palacio Arzobispal. en la Ciudad de Medellín, Colombia, el día 06 del mes de Julio, del Año del Señor, 2026, bajo nuestro sello y firma:

+  Luis Román   Card.   Galván   
Arzobispo Metropolitano
El que suscribe:
Pbro. Aarón Quintero 
+ Canciller Arquidiocesano

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