Decreto N°008
PABLO RUDELLI
POR GRACIA DE DIOS Y VOLUNTAD DE LA SEDE APOSTÓLICA
ARZOBISPO DE MEDELLÍN
ARZOBISPO DE MEDELLÍN
CONSIDERANDO:
Según el Canon 482 §1. En cada curia, debe haber un canciller, cuya principal función, a no ser que el derecho particular establezca otra cosa, consiste en cuidar de que se redacten las actas de la curia, se expidan y se custodien en el archivo de la misma.
Siguiendo el Canon 486 § 1. El canciller Deben custodiarse con la mayor diligencia todos los documentos que se refieran a la diócesis o a las parroquias.
DECRETAMOS:
Artículo 1: Nombrese al Presbítero Victor Manuel TAMAYO MEJÍA como Canciller de la Arquidiócesis, siguiendo sus estatutos y diversas funciones, consagradas en el Código de Derecho Canónico.
Artículo 2: El presente decreto rige a partir de su fecha de expedición.
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