Capitulo VIII | De Los Fieles Laicos

CAPITULO VIII
DE LOS FIELES LAICOS

Art. 66.- Los fieles laicos, incorporados a Cristo por el bautismo, participan de la misión de la Iglesia y están llamados a buscar el Reino de Dios, iluminando y ordenando las realidades temporales según el Evangelio.

Art. 67.- Los laicos participan, según su condición propia, en la función evangelizadora y real de Cristo, colaborando activamente en la vida y misión de la Iglesia.

Art. 68.- Corresponde a los fieles laicos dar testimonio de la fe en medio del mundo, especialmente en la familia, el trabajo, la cultura y la sociedad, siendo fermento de transformación cristiana.

Art. 69.- Los fieles laicos están llamados a vivir su vocación con responsabilidad, coherencia de vida y compromiso evangélico, dando ejemplo de honestidad, justicia y caridad.

Art. 70.- Los laicos tienen el derecho y el deber de participar en la vida pastoral de la Iglesia, colaborando en las distintas áreas y servicios, según sus dones y capacidades, pudiendo entonces, ser llamados a servir dentro de las pastorales y organismos eclesiales.

Art. 71.- Se promoverá la formación integral en los ámbitos litúrgicos, teológicos y sociales de los fieles laicos, abarcando las dimensiones humana, espiritual, doctrinal y pastoral, para fortalecer su misión en la Iglesia y en el mundo.

Art. 72.- Los laicos podrán desempeñar ministerios y servicios eclesiales conforme a las disposiciones de la Iglesia, contribuyendo a la edificación de la comunidad cristiana.

Art. 73.- Se fomentará la participación de los laicos en consejos pastorales, comisiones y demás organismos de consulta, como expresión de corresponsabilidad eclesial.

Art. 74.- Los fieles laicos están llamados a promover la justicia, la paz y la dignidad humana, especialmente en favor de los más pobres y necesitados, conforme a la doctrina social de la Iglesia.

Art. 75.- Se reconoce y valora la presencia de asociaciones, movimientos y nuevas comunidades laicales, alentando su integración en la vida pastoral de la Arquidiócesis.

Art. 76.- Los fieles laicos deberán actuar siempre en comunión con la Iglesia, respetando el Magisterio y las disposiciones de la autoridad eclesiástica, contribuyendo a la unidad del Pueblo de Dios.

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